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Fue creada por la ley electoral de 26 de junio de 1890 (Gaceta de Madrid, número 180, de 29 de junio de 1890) y sus competencias fueron la formación, revisión y rectificación del censo electoral, así como el desarrollo del proceso electoral. En sus orígenes estaba presidida por el Presidente de la Diputación Provincial e integrada por quince vocales más, de los cuales diez eran expresidentes y exvicepresidentes de esta institución, avecindados en la provincia, cuatro diputados provinciales, elegidos por la Diputación, y un número de vocales suplentes hasta completar el total -vicepresidentes de la Diputación siguiendo el orden de antigüedad o diputados provinciales que lo hubiera sido más veces- (art. nº 10). Su secretario fue el de la Diputación Provincial. Esta composición cambiaría con la ley electoral de 8 de agosto de 1907 (Gaceta de Madrid, nº 222, de 10 de agosto de 1907) y a partir de ese momento su presidente pasó a ser el Presidente de la Audiencia Provincial y sus vocales ya no estaban vinculados a la diputación (art. nº 11 de la citada ley); no obstante, su secretario continuó siendo el Secretario de la diputación. La Junta desapareció en 1977 con la creación de las Juntas Electorales Provinciales por Real Decreto-Ley de 18 de marzo de 1977 (BOE nº 70, de 23 de marzo de 1977).
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